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La Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados establece una mayor penalización por el exceso de inyección de energía capacitiva a la red en todo el nuevo periodo tarifario 6, y para todos los consumidores conectados a una tensión superior de 1 kV.

Se hace imprescindible que el regulador de la batería de condensadores tenga la capacidad de trabajar con diferentes cosenos de fi acordes a las necesidades de cada periodo, y, sobretodo, que este regulador realice la medida tanto de tensión como de corriente en las 3 fases, manteniendo la máxima eficiencia del sistema eléctrico y garantizando no incurrir en penalizaciones con la finalidad de evitar esta nueva penalización

Las baterías de condensadores, habitualmente, se han equipado con un regulador que sólo mide la corriente de una fase, por tanto, sólo se requiere un transformador de intensidad. Este transformador se acostumbra ainstalar en la fase de mayor consumo, la fase más cargada. Esta práctica, mientras no existían penalizaciones por exceso de capacitiva ya proporcionaba buenos resultados. La aprobación de la mencionada Circular, en esos casos, ya supone un riesgo elevado de recargos por excesos.

Si pensamos en el caso de que las baterías conectan condensadores trifásicos podríamos concluir que la medida de la potencia reactiva trifásica real consumida o generada por la red no es relevante, pero la realidad, consistente en la combinación de instalaciones desequilibradas, hace imprescindible una medida real trifásica, como realiza el contador de la compañía eléctrica.

Las instalaciones con transformador de potencia propio se hallan, generalmente, equipadas con una compensación fija para eliminar el consumo de reactiva inductiva del propio transformador.  La aplicación de la Circular puede tener como consecuencia una nueva penalización notablemente mayor...

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