Con el objetivo de promover el ahorro energético en la climatización de edificios de acceso de pública concurrencia, se dictó el Real Decreto 1826/2009 el 27 de Noviembre de 2009. Su finalidad es la reducción del consumo de energía y de proporcionar la debida información a los usuarios de las instalaciones mediante dispositivos que aporten los datos relativos a la temperatura ambiente (T) y la humedad relativa (HR).
Este Real Decreto define el ámbito de aplicación a edificios de usos administrativo, comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares) y locales de pública concurrencia (cines, aeropuertos, salas de exposiciones, museos, etc.).
De forma muy resumida, se debe instalar una pantalla informativa de Temperatura y Humedad Relativa por cada 1000 m2 de local o la suma de las diferentes plantas de un edificio de oficinas. Acorde con la interpretación del 25 de Octubre de 2011, también se puede instalar un único panel a la entrada del recinto pero manteniendo una sonda de medida por cada 1000 m2.